03/11/2025 DERECHO PENAL
Nadie se cuestiona, en nuestra sociedad, que cualquier persona física (siempre que tenga al menos catorce años de edad cumplidos) puede ser sujeto de responsabilidad penal si incurre en alguna de las conductas o acciones que el Código Penal y las leyes penales especiales del ordenamiento jurídico español tipifican como delito (por ejemplo, un homicidio, un robo, una estafa, un incendio, unas lesiones, etc.); y ello sin perjuicio, por supuesto, de que a la postre se pueda declarar judicialmente l...
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